Costa Rica: el colaborador y el nuevo mapa de la salud ocupacional
Praind Consultores · 15 Abr 2026
En Costa Rica, la salud ocupacional ha madurado hasta reconocer al trabajador como parte activa del sistema, no como receptor pasivo de reglas. El nuevo Decreto Ejecutivo 45166-MTSS, vigente desde septiembre de 2025, refuerza ese rol y…
En Costa Rica, la salud ocupacional ha madurado hasta reconocer al trabajador como parte activa del sistema, no como receptor pasivo de reglas. El nuevo Decreto Ejecutivo 45166-MTSS, vigente desde septiembre de 2025, refuerza ese rol y suma una dimensión que pocas legislaciones habían tocado con tanta claridad en la región: los factores psicosociales. Entender los derechos y responsabilidades del colaborador es lo que permite construir una cultura preventiva real.
Un marco que reconoce al trabajador como protagonista
El Código de Trabajo en su Título IV, complementado por el Decreto 45166-MTSS y por la normativa técnica del Consejo de Salud Ocupacional (CSO), construye un sistema donde la participación del trabajador está formalizada. En centros con diez o más trabajadores, la Comisión de Salud Ocupacional es obligatoria y debe ser paritaria. En centros con más de cincuenta trabajadores permanentes, además hay un Departamento u Oficina de Salud Ocupacional con profesional a cargo.
Esta arquitectura garantiza que la voz del piso de planta llegue formalmente a las decisiones preventivas de la empresa.
Los derechos del colaborador costarricense
Bajo el marco vigente, el trabajador tiene derecho a:
- Trabajar en condiciones seguras, con riesgos evaluados y controlados.
- Recibir información clara sobre los peligros de su puesto y las medidas preventivas.
- Recibir capacitación en salud ocupacional, al menos anual para miembros de la Comisión, pagada por la empresa.
- Recibir equipo de protección personal gratuito, adecuado y en buen estado.
- Elegir a sus representantes ante la Comisión de Salud Ocupacional, en horario laboral y sin descuento de salario.
- Ser elegido como representante de los trabajadores ante la Comisión.
- Ser atendido por el INS como beneficiario del Seguro de Riesgos del Trabajo.
- Denunciar incumplimientos ante el MTSS o el CSO, sin represalias.
- Negarse a realizar tareas con peligro grave e inminente.
- Participar en evaluaciones de factores psicosociales (MEPS-CSO) con confidencialidad asegurada.
Las responsabilidades que la ley asigna al trabajador
El sistema sólo funciona si el trabajador participa activamente:
- Cumplir normas internas y procedimientos de seguridad.
- Usar el EPP correctamente y cuidar su conservación.
- Reportar condiciones inseguras, actos inseguros y casi accidentes.
- Participar en capacitaciones, simulacros y programas preventivos.
- Colaborar con la Comisión y con el Departamento de Salud Ocupacional.
- Respetar las recomendaciones médicas derivadas de exámenes ocupacionales.
Factores psicosociales: un derecho nuevo que conviene conocer
Con la aplicación del Método de Evaluación de Factores Psicosociales (MEPS-CSO) iniciada en 2025, el trabajador costarricense tiene ahora un canal formal para que se evalúen y atiendan aspectos como carga de trabajo, claridad de rol, ritmo, liderazgo, conciliación vida-trabajo y violencia laboral. Esta evaluación debe respetar la confidencialidad y derivar en acciones correctivas concretas.
Participar con honestidad en estas evaluaciones es tanto un derecho como una contribución al bienestar colectivo. Una empresa que mide el clima psicosocial y actúa sobre los hallazgos termina siendo una empresa más productiva y humana.
¿Qué hago si sufro un accidente en el trabajo?
Informar al supervisor, acudir a la atención médica indicada por el INS y asegurar que la empresa registre y reporte el accidente. El INS cubre la atención y los subsidios por incapacidad.
¿Puedo negarme a realizar una tarea peligrosa?
Sí, cuando existe peligro grave e inminente y la empresa no ha controlado el riesgo. Debe reportar al supervisor o a la Comisión. Ejercer este derecho con hechos documentados protege al trabajador y a la empresa.
¿Cómo garantizan la confidencialidad en la evaluación psicosocial?
La metodología MEPS-CSO está diseñada para proteger la confidencialidad. Los resultados se analizan de forma agregada y las acciones correctivas se aplican a condiciones organizacionales, no a personas individuales.
Cuando la participación se vuelve cultura
Las empresas costarricenses con mejor desempeño preventivo tienen algo en común: sus colaboradores confían en que reportar sirve. No reportan por miedo a la sanción, sino porque han visto que el sistema responde. Esa confianza se construye con método: comisiones que sesionan, planes correctivos que se cumplen, encuestas psicosociales que derivan en mejoras reales.
En Praind Consultores acompañamos a empresas costarricenses a construir esa cultura: activamos comisiones, formamos representantes, apoyamos la implementación del MEPS-CSO y ayudamos a que la participación del trabajador se vuelva rutina. Porque una empresa donde el trabajador se siente escuchado y protegido es, al final, una empresa que rinde mejor.
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